Instrucciones en caso de accidentes laborales

INSTRUCTIVO PARA ACTUAR EN CASO DEACCIDENTES LABORALES DEL PERSONAL REMUNERADO DE LA UDELAR

Aprobado por Res. Nº 3 del CDGAP del 19/10/2015
Modificado por Res. N.º2 del CDG del 28/08/2023

1) El funcionario accidentado en Montevideo, deberá trasladarse o ser trasladado inmediatamente al Hospital del Banco de Seguros del Estado (HBSE), ubicado en la calle José Pedro Varela 3420, entre Bulevar Batlle y Ordóñez y Madreselva (sector Urgencias).
Si se trata de un accidente que no reviste mayor gravedad, debe dirigirse al Sector Admisión, para recibir asistencia.
Si el accidente se produjo en el Interior, se deberá trasladar al trabajador al prestador de salud con convenio con el HBSE. Para más información consultar las direcciones en la Sucursal del Departamento, en la Agencia más cercana, o llamando al (2)1998.
Independientemente del lugar de ocurrencia del accidente, si la gravedad del caso lo amerita el trabajador debe ser trasladado al Centro Asistencial más próximo y luego derivado a los Centros Sanitarios correspondientes: Hospital BSE en Montevideo, o el prestador de salud que tenga convenio con el HBSE en el Interior
El funcionario tiene la obligación de concurrir al Hospital del BSE o al prestador de salud que tenga convenio con el HBSE en el Interior y el organismo de denunciar el accidente.

2) El jefe inmediato del accidentado (docente, funcionario, becario o pasante) o en su defecto el superior que le siga, deberá comunicar en forma inmediata el hecho a Sección Personal del Servicio donde cumple funciones ya sea al mail institucional de la Sección o por otra vía que esté disponible. A partir de esta comunicación Personal deberá ingresar una solicitud al Sistema de Certificaciones Médicas de acuerdo con el
procedimiento vigente, indicando que se trata de un accidente.

3) Sección Personal completará el formulario on line de “DENUNCIA PATRONAL” que se encuentra disponible en la página del BSE: “www.bse.com.uy/portal-comercial” Siniestros-Accidente de Trabajo- Denuncia Patronal
Para el llenado del mismo se debe tener presente que:
◦ En razón social: poner "Nombre del Servicio/ Universidad de la República".
◦ Elegir en “Actividad: Civil" , que despliega opciones de:
▪ Número de empresa BPS, cada servicio tiene un número prop
▪ Número de contribuyente BPS/ RUT: un número para toda la Universidad, que es el 00214393430017, excepto Cenur Este 150313930018 y FIC 217319380014
▪ El número de CARPETA es el 165.009 indicando que pertenece a la Universidad de la República.
▪ Para el número de póliza correspondiente al seguro de accidentes de trabajo aplicable a todos los servicios de la UdelaR, consulte aquí: https://dgp.udelar.edu.uy/gestion/informacion-adicional ingresar a Accidentes
laborales- BSE
El accidentado debe estar registrado en el Banco de Previsión Social, Gestión de Afiliaciones (GAFI).
Sección Personal deberá comunicar la denuncia (según lo establecido en el Art. 48 de la Ley 16.074) en un plazo de :
◦ 72 horas corridas si el accidente fue en Montevideo
◦ máximo de 5 días hábiles si el accidente fue en el interior

4) La Sección Personal deberá remitir a la COSSET (Comisión de Salud y Seguridad para Estudiantes y Trabajadores del servicio una copia del formulario de denuncia del accidente que fuera enviado al BSE.
En caso que el accidente involucre a funcionarios/as TAS, la Sección Personal también deberá remitir una copia del formulario a la instancia de negociación del Servicio, a los efectos previstos en la normativa vigente.

5) La COSSET analizará y sugerirá las medidas de prevención correspondientes y en el informe anual lo comunicará a la Comisión PCET-MALUR.

6) Otorgada el alta por el Hospital del BSE ,el funcionario deberá reintegrarse a su trabajo presentando el comprobante en Sección Personal.
En caso de reintegro parcial o con observaciones, el Área Salud de la Comunidad Universitaria gestionará el cierre del trámite y lo comunicará a la Sección Personal.

7) La Sección Personal comunica al Departamento de Contaduría para su conocimiento especificando: número de siniestro, nombre completo del accidentado, fecha del accidente y período por el cual está cubierto por el BSE. El funcionario continuará percibiendo su sueldo por la UdelaR.

Definición y alcance de Accidente de trabajo:
Hecho imprevisto y no intencionado, inclusive los actos de violencia, que se deriva del trabajo o están en relación con el mismo y provoca una lesión corporal, una enfermedad o la muerte.
Los accidentes de tránsito durante el desarrollo de la tarea laboral están contemplados en la Ley 16074 sobre Seguro de Accidentes de Trabajo y Enfermedades Profesionales ya que en el Artículo 14 expresa que “No será considerado accidente del trabajo el que sufra un obrero o empleado en el trayecto al o del lugar de desempeño de sus tareas, salvo que medie alguna de las siguientes circunstancias:

1) que estuviere cumpliendo una tarea específica ordenada por el patrono
2) que éste hubiera tomado a su cargo el transporte del trabajador
3) que el acceso al establecimiento ofrezca riesgos especiales

En caso de que ocurra un accidente de tránsito en ocasión de trabajo llamar al teléfono 1994.
En caso de accidentes que involucren personas lesionadas o fallecidas deberá además realizar la denuncia policial.
Según el caso se deberá trasladar al funcionario accidentado al Hospital del BSE o el prestador de salud que tenga convenio con el HBSE en el Interior.