Reglamentos

REGLAMENTO PARA LOS SUSCRIPTORES DEL CENTRO NACIONAL DE INFORMACION QUIMICA

    1. Cualquier organización: ej. firma comercial, industrial, instituto de enseñanza

      (departamento o colegio), escuela técnica, bibliotecas, instituciones de gobierno,

      sociedad, asociación de investigación o institución profesional, sociedad de ense-

      ñanza, o particular, puede solicitar ser suscriptor.

      Organizaciones que operen desde más de una dirección deben tener una suscrip-

      ción diferente para cada dirección.

       

    2. La organización suscriptora debe al enrolarse, abonar la suscripción anual aplicable

      a la fecha. Una persona deberá ser designada como representante.

       

    3. Una organización suscriptora está obligada por los reglamentos del Departamento.

       

    4. Las suscripciones una vez entradas, continúan automáticamente a menos que sean

      cancelados por escrito, un mes antes de expirar el plazo.

 

 

 

Por costos consultar a: centro@fq.edu.uy, o personalmente.